Eventos

  • asamblea_1.jpg








    Asamblea Nacional
  • sanandres.png
    Foto: Peter J. Liévano

    Congreso Nacional
  • salon_colom-menu.png

    Salón Colombia
  • vitrina_2011.jpg
    Vitrina Turística

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
ministerior_ind_com.jpg








La Ley 300 de 1996 en el artículo 61 estableció el Registro Nacional de Turismo y el artículo 12 de la Ley 1101 de 2006 define los prestadores de servicios turísticos obligados a registrarse antes de iniciar sus operaciones en Colombia. Este Registro es obligatorio para su funcionamiento y debe actualizarse anualmente.


  • Guía inscripción del Registro Nacional de Turismo (en revisión y actualización)
  • Formulario de solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Turismo
  • Guía de actualización del Registro Nacional de Turismo
  • Borrador Formulario de actualización
  • Actualización en Internet
  • Guía de prestadores obligados
  • Prestadores de servidores turísticos

La inscripción en el Registro Nacional de Turismo, se puede hacer en cualquier época del año, presentando los documentos requeridos en las sedes del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

La actualización del Registro Nacional de Turismo se realiza del 01 de enero al 30 de abril de cada año, vía internet. Las que se realizan después de esta fecha son extemporáneas.


Información:

En Bogotá: Teléfono 6067676, opción 3 marcar la extensión 1359, 1373, 1609 o 2488

Página Web:
http://www.mincomercio.gov.co